Ayuntamiento de Villaquilambre

Ayudas de Manutención 2024

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Villaquilambre, en sesión ordinaria celebrada el día 10 de octubre de 2024, acordó la aprobación de la convocatoria extraordinaria reguladora de la prestación económica destinada a atender las necesidades básicas de manutención del Ayuntamiento de Villaquilambre ejercicio 2024, siendo publicadas sus BASES EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA 131 de 17 de julio 2020.

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Villaquilambre, en sesión ordinaria celebrada el día 10 de octubre de 2024, acordó la aprobación de la convocatoria extraordinaria reguladora de la prestación económica destinada a atender las necesidades básicas de manutención del Ayuntamiento de Villaquilambre ejercicio 2024, siendo publicadas sus BASES EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA 131 de 17 de julio 2020.

Plazo: hasta el 11 de noviembre 

Objeto

La presente convocatoria tiene por objeto estructurar y fijar los criterios y el procedimiento para la concesión de ayudas de manutención y así atender necesidades básicas de subsistencia de aquellas familias empadronadas en el municipio de Villaquilambre, que se encuentren en situación de precariedad económica. Se trata de una prestación económica destinada a atender necesidades básicas de manutención y productos de higiene básica y limpieza en aquellas situaciones de urgencia social del Ayuntamiento de Villaquilambre, se otorgará una cuantía económica para la adquisición de los mismos, atendiendo a los criterios establecidos en esta convocatoria. Esta ayuda será compatible con cualquier otra que le haya sido otorgada a la persona beneficiaria para atender gastos de la misma naturaleza.

Régimen de concesión

  1. La concesión de estas ayudas se efectúa mediante régimen de concurrencia competitiva hasta agotar el crédito existente para tal fin.
  2. Si existiesen un elevado número de solicitudes que optan a la prestación económica y reúnen los requisitos solicitados para su obtención, el órgano competente podrá proceder al prorrateo del importe global máximo destinado a las ayudas, entre los beneficiarios de las mismas, teniendo en cuenta los tramos de renta de la unidad familiar y el número de miembros de la unidad familiar.
  3. Si no se agotara la partida presupuestaria establecida en la convocatoria, se podrá repartir el sobrante hasta consumir la misma entre los beneficiarios de la ayuda, atendiendo al número de miembros de la unidad familiar.

Gastos subvencionables

La concesión de la ayuda para la adquisición de productos básicos de alimentación e higiene y limpieza se materializará con el ingreso de la cantidad que corresponda a cada usuario/a en un número de cuenta bancaria facilitada por este, atendiendo al número de miembros y las características de la unidad familiar, tal y como se contempla en el artículo 7 de la presente convocatoria.

Requisitos y acreditación

Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente disposición, aquellas personas o unidades familiares, que se encuentren en una situación de precariedad económica para atender necesidades básicas de subsistencia y que cumplan los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad o menores emancipados.

b) Encontrarse la persona o unidad de convivencia para la que solicita la ayuda, inscrita en el Padrón municipal de habitantes del Ayuntamiento de Villaquilambre, con un mínimo de un año antes de la fecha de publicación de la presente convocatoria. atendiendo a razones sociales justificadas y de extrema necesidad y valoradas previamente por los Servicios Sociales municipales podrán tratarse con excepcionalidad algunos casos que no cumplan el requisito general de empadronamiento.

c) Que los miembros de la unidad familiar que se encuentren en edad de trabajar y estén sin él, estén inscritos como demandantes de empleo, con una antigüedad mínima de 6 meses, exceptuando aquellos miembros de la unidad familiar que estén cursando una actividad formativa reglada o cuando el informe social justifique la imposibilidad o improcedencia de dicha inscripción.

d) No superar los tramos de valores de renta de la unidad familiar en los importes que se fijan a continuación, tomando como referencia el Indicador Público renta de Efectos múltiples (IPREM) del ejercicio 2024, incrementado el 25% por cada miembro de la unidad familiar. Se computarán ingresos netos.

UNIDAD FAMILIAR

RENTA

MENSUAL

RENTA ANUAL

(12 PAGAS)

RENTA ANUAL

(14 PAGAS)

Unidades Familiares de 1 miembro

600€

7.200€

8.400€

Unidades Familiares de 2 miembros

750€

9.000€

10.500€

Unidades Familiares de 3 miembros

900€

10.800€

12.600€

Unidades Familiares de 4 miembros

1.050€

12.600€

14.700€

Unidades Familiares de 5 miembros

1.200€

14.400€

16.800€

Unidades Familiares de 6 miembros

1.350€

16.200€

18.900€

Unidades Familiares de 7 miembros

1.500€

18.000€

21.000€

A partir del 8º miembro se añadirán por cada miembro 25% IPREM mensual

150€

1800€

2100€

e) Acreditar no estar incurso en las circunstancias de exclusión de la condición de beneficiario de subvenciones a las que se refiere el apartado 2 del artículo13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

f) El cumplimiento de los requisitos b) se comprobará durante la instrucción del expediente mediante la incorporación de las certificaciones e informes municipales correspondientes.

g) El cumplimiento del apartado c) y d), se acreditará mediante los documentos que han de acompañarse según el artículo 8 de la presente convocatoria.

Criterios para determinar la asignación de ayudas

A los efectos previstos en esta convocatoria, se definen los siguientes conceptos:

A.–Renta familiar. – La renta familiar a efectos de la ayuda concedida a través de la presente convocatoria, se obtendrá por la agregación de los ingresos actuales (los que puedan justificarse en el momento de la solicitud) de cada uno de los miembros computables de la unidad familiar que obtengan ingresos de cualquier naturaleza. Dichos ingresos se comprobarán en la tabla del artículo 6 en función del número de miembros de la unidad familiar.

A.1.-Con carácter general el importe de la ayuda se establece en función del número de miembros de la unidad familiar, según se especifica:

UNIDAD FAMILIAR

Cuantía del Lote

Unidades Familiares de 1 miembro

50€

Unidades Familiares de 2 miembros

75€

Unidades Familiares de 3 miembros

100€

Unidades Familiares de 4 miembros

125€

Unidades Familiares de 5 miembros

150€

Unidades Familiares de 6 miembros

175€

Unidades Familiares de 7 miembros

200€

A partir del 8º miembro se añadirán por cada miembro 25€.

 

Documentación a presentar

  • DNI o NIE, en vigor, de la persona solicitante.
  • Fotocopia del Libro de Familia Completo.
  • Documentación acreditativa de los ingresos familiares (DE TODOS LOS MIEMBROS DE LA UNIDAD FAMILIAR MAYORES DE EDAD):
  •           Para trabajadores por cuenta ajena: tres últimas nóminas.
  •           Para trabajadores por cuenta propia: acreditación del abono de los pagos a cuenta de los trimestres cerrados a la fecha de la solicitud (Modelo 130 ó 131).
  •           Jubilados y pensionistas: resolución del derecho a la prestación y comprobante del importe del último ingreso.
  • Trabajadores en situación de desempleo: tarjeta de demandante de empleo (mínimo 6 meses) y certificación expedida por el ECYL del cobro o no de prestaciones (importe y duración), en el momento de la solicitud de la ayuda.
  • En caso de separación o divorcio legal: copia de la Sentencia de Separación o Divorcio y del Convenio Regulador si lo hubiere, así como justificante de aportaciones económicas establecidas en la sentencia. En situaciones de impago, copia de la solicitud de ejecución de la sentencia presentada ante el juzgado o justificante de inicio de las actuaciones.
  • En caso de separación de hecho, deberá justificarse bien mediante documento notarial o fotocopia cotejada con el original de justificación de interposición de demanda de separación u otros documentos que avalen dicha situación.

Para más información puedes consultar las bases en el siguiente enlace.

Si tienes cualquier duda puedes ponerte en contacto con nosotros en el 987 28 72 34 de lunes a viernes de 9:00 a 14:00.

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